Plan de frecuencias
Plan de frecuencias
El Plan Técnico Nacional de Televisión Digital Terrestre define el escenario de transición hacia la televisión digital según la siguiente asignación de frecuencias:
| RANGO DE FRECUENCIAS |
REDES DE EMISION |
|---|---|
| 830 a 862 MHz (Canales 66 a 69) |
Red de frecuencia única de ámbito nacional: estas frecuencias están destinadas a albergar canales que operan en todo el país, sin realizar desconexiones territoriales entre Comunidades Autónomas. |
| 758 a 830 MHz (Canales 57 a 65) |
Red global de cobertura nacional: esta red está formada por redes de frecuencia única de ámbito autonómico, por lo que ofrece la capacidad de efectuar desconexiones territoriales entre Comunidades Autónomas.
Redes multifrecuencia de ámbito autonómico: estas frecuencia albergarán canales de televisión autonómicos con capacidad para efectuar desconexiones territoriales de ámbito provincial. |
| 470 a 758 MHz (Canales 21 a 56) |
Red multifrecuencia y de transmisor único de cobertura local: estas redes serán utilizadas por las televisiones locales que obtengan licencias en las respectivas demarcaciones. Actualmente hay habilitadas también emisiones de ámbito insular que cubren cada una de las islas que forman los archipiélagos canario y balear. |
Para más información sobre los canales previstos en cada ámbito de cobertura, consultar los siguientes enlaces a la web del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio:




