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Comprueba la cobertura

Predicción de cobertura TDT por código postal

Para disfrutar de la Televisión Digital Terrestre en tu casa, el primer paso que debemos realizar, antes incluso que revisar nuestra antena y comprar un receptor de TDT, es comprobar si efectivamente disponemos de cobertura TDT en nuestra vivienda, es decir, si se recibe la señal de TDT emitida por la red actual de centros emisores y remisores. Para tal efecto, existe a disposición de los ciudadanos una página web donde se puede consultar la cobertura de todos los servicios TDT de ámbito nacional y parte de los servicios TDT de ámbito autonómico. La información disponible actualmente se irá completando hasta recoger información sobre nuevos servicios TDT de ámbito nacional y autonómico.
La comprobación de disponibilidad de cobertura se realiza introduciendo del Código Postal, obteniéndose como resultado información de los actuales servicios TDT en emisión, identificando el tipo de servicio (Televisión, Radio y Datos), si dispone de cobertura (Total, parcial o nula), así como la identificación de los centros emisores y canales múltiples utilizados por dichos servicios.
Debe tenerse en cuenta que la información relativa a la cobertura está basada en predicciones y, por tanto, los resultados de las consultas efectuadas no pueden ser garantizados. Para mayor seguridad, estos resultados deben ser contrastados por medidas reales de campo, realizadas en el lugar preciso donde se desean recibir las señales de televisión digital terrestre. En ese caso, se aconseja la consulta a empresas instaladoras de telecomunicaciones (para más información ver el apartado busca instaladores ).

Iniciativas locales en la extensión de cobertura

Según se establece en la disposición adicional duodécima del Plan Técnico Nacional de la Televisión Digital Terrestre (iniciativa local en la extensión de cobertura), los órganos competentes de las corporaciones locales en colaboración, en su caso, con la comunidad autónoma, podrán acordar la instalación en zonas de baja densidad de población de su término municipal de estaciones en red de frecuencia única para la difusión a sus ciudadanos del servicio de televisión digital terrestre, siempre y cuando se cumplan las siguientes condiciones:
  • Obtener la conformidad de las sociedades concesionarias y entidades habilitadas para la prestación del servicio de televisión digital terrestre, con el objetivo de utilizar el dominio público radioeléctrico que estas tienen asignado para difundir el servicio de televisión digital terrestre en su término municipal.
  • Prestar el servicio portador del servicio de televisión digital terrestre sin contraprestación económica alguna y de forma transitoria.
  • Comunicarlo previamente a la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.
  • Que no suponga una distorsión a la competencia en el mercado. Cuando la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones detecte que la prestación del servicio portador del servicio de televisión digital terrestre afecta al mercado, en función de la existencia en ese ámbito territorial de condiciones de mercado que permitan el acceso a dichos servicios o de la distorsión de la libre competencia, podrá imponer condiciones específicas en la prestación del servicio.
  • Que sea conforme con el Plan técnico nacional de la televisión digital terrestre. La potencia radiada aparente máxima no podrá ser superior a un vatio y no podrán causar interferencias perjudiciales a otras estaciones legalmente establecidas.
  • Presentar en la correspondiente Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones, a través de la comunidad autónoma correspondiente, el proyecto técnico de las instalaciones y, posteriormente, un certificado de que la instalación se ajusta al proyecto técnico, firmados ambos por un ingeniero o ingeniero técnico de telecomunicaciones y visados por el colegio oficial correspondiente. Asimismo, deberá presentarse el boletín de instalación firmado por la empresa instaladora de telecomunicaciones que haya realizado dicha instalación.
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